Calculadora de plazos procesales

Ingresá la fecha de notificación y los días hábiles. Te decimos cuándo vence, con feriados, feria judicial y plazo de gracia.

Feria judicial de invierno (opcional)

Las fechas cambian cada año. Cargalas según la acordada de tu jurisdicción.

Completá una fecha de notificación válida y un plazo de 1 a 365 días.

Cómo se calcula

  • El plazo empieza a correr el día hábil siguiente a la notificación (art. 156 CPCCN).
  • Se descuentan sábados, domingos, feriados nacionales, días no laborables turísticos, la feria judicial y los días inhábiles que agregues.
  • El escrito todavía puede presentarse dentro de las dos primeras horas del día hábil siguiente al vencimiento (plazo de gracia, art. 124 CPCCN).

Herramienta orientativa basada en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Las provincias y algunos fueros tienen reglas propias: verificá siempre el código y las acordadas que correspondan.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se cuentan los plazos procesales?
En el fuero nacional se cuentan en días hábiles judiciales, a partir del día siguiente a la notificación. No se computan los fines de semana, los feriados, la feria judicial ni los días declarados inhábiles.
¿Qué es el plazo de gracia?
Es la posibilidad de presentar un escrito dentro de las dos primeras horas del día hábil siguiente al vencimiento del plazo (art. 124 CPCCN).
¿La feria judicial suspende los plazos?
Sí. Durante la feria de enero y la de invierno los días son inhábiles y los plazos no corren, salvo habilitación expresa. Las fechas de la feria de invierno se fijan cada año por acordada.
¿Sirve para plazos provinciales?
Sirve como guía, pero cada provincia tiene su propio código procesal, feriados y ferias. Cargá los días inhábiles locales en la calculadora y verificá las reglas de tu jurisdicción.